AUTO CONSTITUCIONAL 0009/2020-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0009/2020-RCA

Fecha: 20-Ene-2020

control sobre el requerimiento conclusivo recae en los jueces y tribunales de la jurisdicción ordinaria

En ese mismo sentido, el AC 0152/2016-RCA de 31 de mayo, resolvió estableciendo que: “…por lo tanto, la facultad de ejercer el control sobre el requerimiento conclusivo recae en los jueces y tribunales de la jurisdicción ordinaria, en el marco de las previsiones contenidas en el Código de Procedimiento Penal. Entonces, la justicia constitucional a través de la acción de amparo constitucional, no es el medio idóneo para la corrección de los defectos formales de la acusación, dado que esta jurisdicción tiene por objeto tutelar derechos y garantías constitucionales pero de ninguna manera suplantar la labor encomendada al Órgano Judicial y menos corregir los errores de la labor del Ministerio Público…