JSENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0554/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

JSENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0554/2020-S4

Fecha: 06-Oct-2020

a)

El impetrante de tutela a través de su abogado ratificó los argumentos de su demanda y ampliando los mismos, manifestó lo siguiente: a) El proceso penal seguido en su contra se inició a denuncia formulada en el departamento del Beni, donde el 22 de octubre de 2019, el Ministerio Público dio inicio a las investigaciones; b) La Jueza Pública de Familia e Instrucción Penal Primera del referido departamento, emitió auto motivado declinando su competencia a la jurisdicción de la ciudad de La Paz, siendo remitido el expediente el 19 de noviembre del indicado año, sin que exista radicatoria de la causa y se establezca el control jurisdiccional; por lo que, la ahora demandada, no podía realizar ningún acto investigativo, toda vez que la al haberse iniciado la investigación por la Fiscalía Departamental de Beni, es donde corresponde conocer el caso; c) El 4 de febrero de 2020, la ahora demandada, emitió mandamiento de aprehensión, resultando incoherente que el inicio de investigaciones se produzca en Beni y la aprehensión se disponga por autoridad fiscal del departamento de La Paz, lo que haría presumir que existiría una doble investigación; d) Ante la inexistencia de la radicatoria, se solicitó al Juez Cautelar de La Paz su inhibitoria a efectos de que remita antecedentes ante el Juzgado Público de Familia e Instrucción Penal Primera de Beni, por lo que el proceso debiera ser remitido inmediatamente ante dicha autoridad o en su defecto, someterse a un conflicto de competencias en el marco de la Ley del Órgano Judicial (LOJ); y, e) Al no existir control jurisdiccional, la aprehensión dispuesta por la demandada, resulta ilegal, siendo en consecuencia, todos los actos ejecutados por la ahora demandada, nulos de pleno derecho, al haber obrado sin control jurisdiccional al que el procesado pueda acudir.