Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
JSENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0554/2020-S4
Fecha: 06-Oct-2020
II.3.
II.3. Según papeleta del Sistema Integrado de Registro Judicial, se observa que el 20 de noviembre de 2019, fue recibido el proceso instaurado por el Ministerio Público contra el peticionante de tutela por la supuesta comisión del delito de violación, asignándose la causa al Juzgado de Instrucción Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer Segundo del departamento de La Paz, bajo el NUREJ 20323515 (fs.13).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- 2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional’
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR