SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0539/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0539/2020-S2

Fecha: 13-Oct-2020

Fragmento 26

Más allá de lo determinado, es preciso tener presente que en casos donde se encuentre de por medio los derechos a la salud y la vida, toda autoridad administrativa o judicial debe tramitar la solicitud de toda persona con la mayor celeridad que amerita el asunto; en efecto, no resulta razonable esperar al último momento del plazo legal para cumplir una decisión judicial, cuando el caso es delicado; en ese sentido, corresponde recordar a las demandadas, el deber que tienen de actuar con la debida oportunidad, atendiendo las condiciones de desfavorabilidad y protección reforzada que emergen del caso en cuestión (derechos a la salud y a la vida).