Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0539/2020-S2
Fecha: 13-Oct-2020
II.2.
II.2. Cursa reporte de trámites iniciados y actas de consignación de documentos y autorización para el pago del trámite de la DIGEMIG del Ministerio de Gobierno, cuyo usuario corresponde a Rosa Isela Quisbert -hoy codemandada-, constando que el 14 de febrero de 2020, a horas 13:47 y 13:58, Andrés Salvador Vaca Bollati presentó dos solicitudes de visado de levantamiento de arraigo “temporal” a favor del peticionante de tutela; autorizándose su inicio (fs. 8, 11 y 12).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tienen el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- Se entiende como arraigo
- una medida cautelar de carácter temporal, misma que constituye un medio de restricción o limitación al ejercicio del derecho fundamental de locomoción o de libre tránsito
- al estar vinculado al derecho fundamental de locomoción de la persona, debe concluir en un plazo razonable
- Manual de Procedimientos y Requisitos Administrativos del Servicio Nacional de Migración
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- CONFIRMAR