SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2020-S4
Fecha: 06-Oct-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante denuncia la lesión de sus derechos, al juicio previo como parte del debido proceso, a la propiedad y a la eficacia de las resoluciones judiciales ejecutoriadas como parte del derecho de acceso a la justicia, vinculados con el principio de seguridad jurídica; toda vez que, la Jueza demandada, por Auto de 1 de noviembre de 2017 y su complementario de 8 de marzo de 2018, decidió anular toda resolución dictada en el proceso ejecutivo y que afecte el derecho propietario que le correspondería a CIASA S.A. –ahora tercero interesado– sobre el terreno denominado “San Aurelio Lote 1”, nulidad que incluye su derecho propietario de PIDG S.R.L. sobre el 50% del indicado bien inmueble, adquirido en remate judicial y cuya venta fue debidamente registrada en la oficina de DD.RR. de Santa Cruz, decisión asumida sin que sea oída y vencida previamente en un juicio ordinario; y, no obstante haber formulado recurso de apelación contra tales Resoluciones, las mismas fueron confirmadas por los Vocales ahora demandados, mediante Auto de Vista 47/2019 y su complementario de 14 del mismo mes y año, argumentando que la SCP 0102/2015 hubiera determinado el derecho propietario sobre dicho terreno; por lo que, ya no era necesario pronunciarse sobre los agravios expuestos en el recurso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2.
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos del debido proceso
- i)
- la decisión sin motivación
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER