SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0559/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0559/2020-S1

Fecha: 05-Oct-2020

II.1.

II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Israel Mercado Pinto -ahora accionante-, por la presunta comisión del delito de violación de Niña, Niño o Adolescente, mediante Auto Interlocutorio de 19 de diciembre de 2017, la Jueza Pública Mixta Civil y Comercial de Familia de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primera de Shinahota, provincia Tiraque del departamento de Cochabamba, dispuso la detención preventiva, por concurrir las exigencias previstas en el art. 233.1 y 2 del CPP, con relación a los arts. 234.1, 2 y 10; y, 235.1 y 2 del mismo cuerpo legal; sobre la base de los siguientes fundamentos: a) No acreditó de manera objetiva a través de documentación idónea, domicilio, trabajo ni familia constituida; en consecuencia, ante la concurrencia del numeral 1, concurre el numeral 2 del art. 234 del CPP; b) De igual modo confluye el numeral 10 del art. 234 del CPP; toda vez que, el imputado se constituye en peligro efectivo para la víctima, puesto que considerando la forma como ocurrieron los hechos, se aprovechó de su situación de vulnerabilidad por ser menor de edad, quien aún no es consciente de sus actos, para mantener relaciones sexuales. También se constituye un peligro para la sociedad, puesto que, puede realizar este tipo de actos con niños, niñas y adolescentes, quienes se encuentren en igual situación de vulnerabilidad; y, c) Con relación a los numerales 1 y 2 del art. 235 del CPP, el presente caso se encuentra en etapa inicial, existen actos investigativos pendientes, como la inspección al lugar de los hechos, donde ocurrió la agresión sexual, la recolección de elementos de pruebas; por otra parte, el imputado puede influir en la víctima o testigos, más aún, frente al vínculo de amistad que existe con el padre de la menor o pueda comportarse de manera reticente o evasiva (fs. 2 a 4).