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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0578/2020-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0578/2020-S2

    Fecha: 21-Oct-2020

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    • acción de libertad
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • III.1. De las condiciones de validez para la restricción a la libertad física o personal
    • Nadie podrá ser detenido, aprehendido o privado de su libertad, salvo en los casos y según las formas establecidas por la ley. La ejecución del mandamiento requerirá que éste emane de autoridad competente y que sea emitido por escrito»
    • «Todo individuo tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales. Nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitrarias. Nadie podrá ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por ley y con arreglo al procedimiento establecido en ésta»; y el art. 7 inc.2) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos dice: «Nadie puede ser privado de su libertad física, salvo por las causas y en las condiciones fijadas de antemano por las Constituciones Políticas de los Estados Partes o por las leyes dictadas conforme a ellas»
    • sin más restricciones que las relativas a horario, orden y seguridad
    • Fragmento 11
    • Fragmento 12
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • 1º     CONFIRMAR

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