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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0595/2020-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0595/2020-S4

    Fecha: 20-Oct-2020

    II.1.

    II.1.    El 15 de agosto de 2018, los Fiscales de Materia de la Unidad Especializada en Persecución de Delitos de Corrupción de Santa Cruz, Corporativa número uno, presentaron ante el Juez de Instrucción en lo Penal, de Violencia Contra la Mujer y Anticorrupción Primero de Santa Cruz, imputación formal contra Alicia Cerezo Sarabia, Jueza Pública Civil y Comercial Segunda de Santa Cruz, por el delito de incumplimiento de deberes, solicitando medidas sustitutivas a la detención preventiva (fs. 5 a 11).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • i)
    • Fragmento 6
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • reconocen y garantizan el debido proceso, de cuya interpretación se desprenden sus elementos configuradores, entre ellos la motivación, fundamentación, congruencia de las resoluciones y la correcta valoración de las pruebas
    • Fragmento 13
    • Otro elemento integrador del debido proceso es la congruencia de las resoluciones y su observancia compele a la autoridad jurisdiccional o administrativa emitir pronunciamientos que guarden una estricta correspondencia entre la petición de las partes y la decisión a emitirse
    • El principio de congruencia, responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes; la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, contradice el principio procesal de congruencia; la resolución de primera y/o segunda instancia, debe responder a la petición de las partes y de la expresión de agravios, constituyendo la pretensión jurídica de primera y/o segunda instancia
    • primero, relativo a la congruencia externa
    • toda decisión emitida dentro de un proceso penal que no implique cuestión de mero trámite sino que concierna al fondo de lo que se investiga debe ser necesariamente motivada o lo que es lo mismo, debidamente fundamentada, lo que significa, que tanto el fiscal o los jueces que conozcan el proceso, sea en control jurisdiccional o para resolver el fondo, deberán dictar sus requerimientos o resoluciones cumpliendo las exigencias de la estructura de forma como de contenido de las mismas
    • Fragmento 18
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • 15 de febrero de 2019

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