SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0604/2020-S2
Fecha: 23-Oct-2020
II.2.
II.2. El 18 de noviembre de 2019, mediante Resolución Fiscal Departamental MSP 051/19, la autoridad ahora demandada, declaró legal la recusación planteada por Claudia Pamela Peredo Bilbao contra Nancy Carrasco Daza, Fiscal de Materia -hoy accionante-; bajo los siguientes argumentos: i) Se expusieron los motivos de la recusación, del informe presentado por la mencionada autoridad del Ministerio Público y se desglosó el art. 73 de la LOMP (Considerandos I, II y III, respectivamente); ii) De lo señalado en el Informe de la Fiscal recusada se tuvo que la recusación no podía plantearse sobre hechos imprecisos y carentes de fundamentos, sin indicación de circunstancias fácticas; a ser verificadas a partir de los medios que aporte el recusante que demuestren los razonamientos; iii) La “…supuesta amistad o enemistad aludida... requiere ser acreditada con hechos notorios, unívocos y recientes, lo que en el caso presente se tiene del análisis del memorial de recusación las pruebas adjuntadas como la página web…, la página del periódico El deber de fecha 13 de septiembre de 2019, así como el informe de la referida fiscal ahora recusada donde se observa que habría un grado de enemistad manifiesta con el ciudadano XXX, debido a las expresiones vertidas por la referida fiscal al momento de emitida la resolución judicial, por lo que, se adecuaría la causal 2) del art. 73, ley 260…“ (sic [las negrillas fueron añadidas]); por otra parte, la amistad manifiesta con la víctima o sus familiares no fue demostrada; y, iv) Sobre el trámite de la recusación, se transcribió el art. 75 de la LOMP (fs. 4 a 10).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- exige que toda resolución esté debidamente fundamentada
- En cuanto a los requisitos que debe contener una resolución administrativa en segunda instancia, la SCP 0275/2012 de 4 de junio[5], precisa que dicho fallo debe exponer los hechos y citar las normas que sustentan la decisión, además de pronunciarse sobre todos y cada uno de los aspectos impugnados en el recurso
- Fragmento 12
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- de forma
- respecto a la estructura de la Resolución con la finalidad de que la misma absuelva todos los puntos puestos a consideración del juzgador[15]
- III.2. Análisis del caso concreto
- como
- Fragmento 19
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- [7]
- la sanción administrativa supone la privación de algún derecho o la afectación de algún interés
- concordancia entre el petitum de las partes y la decisión asumida por el juez o tribunal
- correlación entre la decisión y los términos en que quedo oportunamente planteada la litis