Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0605/2020-S2
Fecha: 23-Oct-2020
1)
1) La autoridad demandada ratificó lo vertido por el Fiscal de Materia; es decir que, efectuaron simplemente un análisis de las características y alcances del delito de cheque en descubierto, sosteniendo que el hecho ilícito corresponde a la persecución penal privada; no obstante, la querella fue interpuesta por el tipo penal de estafa; puesto que, el querellado le “sonsacó” la suma de Bs400 000.- (cuatrocientos mil bolivianos), mediante engaños, provocando error y desplazamiento de su patrimonio, elementos que configuran dicho delito; y,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- JUVENAL CONZALES FERNÁNDEZ
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- i)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- toda decisión emitida dentro de un proceso penal
- la víctima podrá impugnar el requerimiento ante el superior jerárquico, y si éste igualmente incurre en la misma omisión, quedará abierta la jurisdicción constitucional para que acuda a la misma en busca de protección a sus derechos a la seguridad jurídica y de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, cuyo alcance no abarca, como se dijo, a que la parte acusadora pretenda que este Tribunal obligue a un Fiscal a presentar obligatoriamente la acusación si no únicamente a que dicha autoridad emita su requerimiento conclusivo debidamente fundamentado
- resulta pertinente establecer, que a tiempo de analizar la fundamentación y motivación desplegada por los Fiscales de Materia, se debe considerar el momento procesal de la investigación penal
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- 2)
- ii)
- iii)
- REVOCAR