Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0605/2020-S2
Fecha: 23-Oct-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión de su derecho al debido proceso en sus vertientes de acceso a la justicia, fundamentación y motivación; toda vez que, el Fiscal Departamental de Oruro -demandado-, pronunció la Resolución Jerárquica F.D.O./O.A.Z.S. 30/2019 de 17 de octubre, confirmando la determinación del Fiscal de Materia -de desestimación de denuncia-, que fue dictada con argumentos contradictorios, sin la debida fundamentación y motivación; ya que, sostuvo que no se tiene certeza de los hechos denunciados y adecuó los antecedentes del caso al delito de cheque en descubierto, cuando la querella fue interpuesta por el ilícito de estafa.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- JUVENAL CONZALES FERNÁNDEZ
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- i)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- toda decisión emitida dentro de un proceso penal
- la víctima podrá impugnar el requerimiento ante el superior jerárquico, y si éste igualmente incurre en la misma omisión, quedará abierta la jurisdicción constitucional para que acuda a la misma en busca de protección a sus derechos a la seguridad jurídica y de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, cuyo alcance no abarca, como se dijo, a que la parte acusadora pretenda que este Tribunal obligue a un Fiscal a presentar obligatoriamente la acusación si no únicamente a que dicha autoridad emita su requerimiento conclusivo debidamente fundamentado
- resulta pertinente establecer, que a tiempo de analizar la fundamentación y motivación desplegada por los Fiscales de Materia, se debe considerar el momento procesal de la investigación penal
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- 2)
- ii)
- iii)
- REVOCAR