Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2020-S1
Fecha: 13-Oct-2020
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal de acción privada seguido por Luca Esteban Prudencio Flores contra Mónica del Carmen Machicao Pacheco –ahora accionante– por la presunta comisión del delito de ofensa a la memoria de difuntos previsto y sancionado en el art. 284 del CP, el Juez de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz –ahora demandado–, a través del Auto de Apertura de Juicio de 11 de junio de 2019, dispuso la a apertura de juicio oral contra la prenombrada (fs. 38).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- 1)
- i)
- Fragmento 13
- III.1.Sobre las dimensiones de la cesación de los efectos del acto reclamado, como causal de improcedencia prevista en el art. 53.2 del CPCo. Diferencias entre la teoría del hecho superado y la sustracción de materia
- a)
- la carencia del objeto procesal, que se constituye en un hecho procesal –valga la redundancia– que da lugar a la declaración de improcedencia de una acción de defensa en particular
- 2)
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- Entonces es posible colegir que básicamente