Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2020-S1
Fecha: 13-Oct-2020
II.4.
II.4. Por medio de la Resolución 24/2019 de 28 de agosto, el Juez de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz, declaró el abandono de querella por parte de Luca Esteban Prudencio Flores y sus apoderados, disponiendo la extinción de la acción penal privada y el archivo de obrados conforme a los arts. 27.5, 292 inc. 4) y 381 del CPP, para la acusada Mónica del Carmen Machicado Pacheco, y sea con las formalidades de ley (fs. 57 a 58).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- 1)
- i)
- Fragmento 13
- III.1.Sobre las dimensiones de la cesación de los efectos del acto reclamado, como causal de improcedencia prevista en el art. 53.2 del CPCo. Diferencias entre la teoría del hecho superado y la sustracción de materia
- a)
- la carencia del objeto procesal, que se constituye en un hecho procesal –valga la redundancia– que da lugar a la declaración de improcedencia de una acción de defensa en particular
- 2)
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- Entonces es posible colegir que básicamente