SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0672/2020-S1
Fecha: 30-Oct-2020
a)
María Cristina Gumucio Espinoza a través de su abogada, en la audiencia de la presente acción de defensa informó que: a) El proceso de violencia familiar data de más de tres años; así, solicitaron al Juez que la inasistencia del acusado se tenga como un acto dilatorio; b) Se le impuso al acusado detención domiciliaria; sin embargo, cuando fueron a notificarle no lo encontraron, son más de cuatro las audiencias a las que no concurrió; por lo que, impetraron se declaré su rebeldía, se imponga multas y se convoque a los garantes para su comparecencia; y, c) El acusado, no impugnó las multas que le fueron impuestas, por lo que corresponde denegar la tutela solicitada por subsidiariedad.
El impetrante de tutela denuncia la vulneración de su derecho a una resolución motivada; debido a que, el Juez demandado lo sancionó con multas procesales de Bs500.-(quinientos bolivianos) por cada inasistencia a audiencia del juicio oral, haciendo un total de Bs1000.-(un mil bolivianos), determinación asumida sin una debida motivación, desconociendo que dichas multas no se encuentran previstas en norma legal alguna, imponiéndole un monto irracional, sin tomar en cuenta que, paralelamente al proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, cursa otro mandamiento de aprehensión en su contra por falta de pago de asistencia familiar devengada; la que apenas puede cumplir al encontrarse sin trabajo; por lo que, solicita se conceda la tutela; y, en consecuencia: a) Se anule las Resoluciones de 6 y 28 de noviembre de 2019; y, b) La autoridad demandada dicte un nuevo fallo motivado refiriendo a las normas en la que sustentan la multa severa impuesta en su contra y si dicha resolución es recurrible.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones: Distinción en la construcción de la premisa normativa y premisa fáctica; y, su exigencia para justificar toda decisión
- no sólo visibiliza un uso diferenciado de términos, sino una distinción conceptual que incide en la exigencia de justificación de toda decisión
- III.1.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos de la garantía del debido proceso
- Fragmento 13
- arbitrariedad
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.2. Poder Ordenador y Disciplinario en materia penal, la sanción pecuniaria
- Tratándose de abogados
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)