SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0672/2020-S1
Fecha: 30-Oct-2020
II.5.
II.5. Mediante Resolución de 28 de noviembre de 2019, la autoridad judicial demandada declaró rebelde al solicitante de tutela debido a su inasistencia a audiencia de juicio oral sin la debida justificación; disponiendo lo siguiente: i) Se expida mandamiento de arraigo debiendo el representante del Ministerio Público realizar su ejecución ante la Dirección Departamental de Migración ii) Se emita mandamiento de aprehensión; iii) Ejecución de la fianza que hubiera sido presentada, debiendo notificar a las dos garantes para que en el plazo de tres días hagan comparecer al acusado, bajo alternativa de remate de sus bienes; iv) Abogados defensores de oficio a Einar Hurtado y Victor Hugo Rengel Arévalo; v) Se ponga a conocimiento del REJAP la declaratoria de rebeldía; y, vi) Multa de Bs500.-(quinientos bolivianos) a favor de la DAF del Órgano Judicial de Pando, que deberá purgar cuando comparezca (fs. 2 y vta.)
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones: Distinción en la construcción de la premisa normativa y premisa fáctica; y, su exigencia para justificar toda decisión
- no sólo visibiliza un uso diferenciado de términos, sino una distinción conceptual que incide en la exigencia de justificación de toda decisión
- III.1.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos de la garantía del debido proceso
- Fragmento 13
- arbitrariedad
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.2. Poder Ordenador y Disciplinario en materia penal, la sanción pecuniaria
- Tratándose de abogados
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)