SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0672/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0672/2020-S1

Fecha: 30-Oct-2020

III.4.  Análisis del caso concreto

Previamente al examen de fondo, corresponde referirse al principio de subsidiariedad invocado por la autoridad demandada, quien alega que en el marco de del art. 8 del Reglamento de Multas Procesales aprobado por Resolución del Directorio 070/2013 de 9 de julio de la Dirección Administrativa Financiera del Órgano Judicial, la determinación de las multas pudo ser impugnada.

Conforme prevé el art. 394 del CPP las resoluciones judiciales serán recurribles en los casos expresamente establecidos por éste Código". Por su parte el art. 403 de la norma en examen, no prevé la impugnación de la resolución sobre costas de la rebeldía ni de una sanción de multa procesal; por lo que, al no existir un recurso idóneo para la protección inmediata oportuna y eficaz de los derecho que se alegan como vulnerados, no existe óbice para ingresar al examen de fondo.