SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0737/2020-s3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0737/2020-s3

Fecha: 21-Oct-2020

a) Órdenes de detención al margen de los casos previstos por ley, e incumpliendo los requisitos y formalidades de la ley; y, b) Hostigamiento sin que exista motivo legal, ni orden de detención emitida por autoridad competente; extremos que, en el primer de los casos harían procedente una acción de libertad preventiva a objeto de impedir que una lesión no se produzca

Conforme a lo señalado, la SC 0044/2010-R, estableció que la persecución ilegal o indebida comprende dos supuestos: “a) Órdenes de detención al margen de los casos previstos por ley, e incumpliendo los requisitos y formalidades de la ley; y, b) Hostigamiento sin que exista motivo legal, ni orden de detención emitida por autoridad competente; extremos que, en el primer de los casos harían procedente una acción de libertad preventiva a objeto de impedir que una lesión no se produzca; y en el segundo de ellos, la acción de libertad restringida, ante limitaciones, perturbaciones y hostigamientos al derecho a la libertad, limitando su ejercicio. El referido fallo constitucional, establece que éste tipo de habeas corpus; es decir, el restringido, también estaría cobijado dentro de la persecución ilegal prevista en el art. 125 de la CPE.