Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0745/2020-S3
Fecha: 23-Oct-2020
II.1.
II.1. Consta nota de prensa emitida por el periódico La Palabra del Beni de 19 de diciembre de 2019, respecto a la presentación de las cuatro ternas seleccionadas por la Asamblea Legislativa Departamental de Beni, dentro de la Convocatoria Pública a Vocales para el Tribunal Departamental Electoral de Beni, estableciéndose que la misma ya fue remitida para su elección ante la Asamblea Legislativa Plurinacional (fs. 46).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad accionada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre el derecho de petición, su alcance y los requisitos para ser tutelado
- III.2. Análisis del caso concreto
- debe resolver previamente el derecho de petición
- Fragmento 11
- las administraciones departamentales
- corresponderá que apliquen de manera supletoria, las normas de la Ley de Procedimiento Administrativo, cuando no exista dentro su normativa interna, normas que regulen su actuar de manera clara y precisa
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en parte