Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2020
Fecha: 25-Nov-2020
I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Por otra parte, mediante Decreto Constitucional de 22 de julio de 2019, se dispuso la suspensión del cómputo de plazo, a fin de requerir información complementaria (fs. 796). Recibido lo solicitado, por Decreto Constitucional de 21 de octubre de 2020 (fs. 831) se procedió a la reanudación del mismo; por lo que, la presente Declaración Constitucional Plurinacional, es pronunciada dentro del plazo establecido por el art. 119.III del Código Procesal Constitucional (CPCo.)
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional
- a)
- “
- III.3. Control previo de constitucionalidad de preceptos reformulados en el proyecto de Carta Orgánica Municipal de La Santísima Trinidad
- Artículo 20. De su Conformación.
- Control previo de constitucionalidad
- “Artículo 40. Del Cese de sus Funciones
- 1)
- compatibilidad
- Consideración previa.
- 2º
- 3° Disponer
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional
- MAGISTRADO MAGISTRADO