Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2020
Fecha: 25-Nov-2020
II.5.
II.5. El control previo de constitucionalidad del proyecto de COM del Gobierno Autónomo Municipal de la Santísima Trinidad, se efectúa en virtud a la DCP 0006/2017 de 27 de enero, que declaró la incompatibilidad de los artículos 20 en el término “territorio”; 21.I numeral 22, en la frase “patrimonio institucional del Gobierno Autónomo Municipal”; 31.I; 40.II numeral 1; 41.I.2; 63 numeral 5; y, 133 del proyecto de Norma Institucional Básica con la Constitución Política del Estado (fs. 700).
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional
- a)
- “
- III.3. Control previo de constitucionalidad de preceptos reformulados en el proyecto de Carta Orgánica Municipal de La Santísima Trinidad
- Artículo 20. De su Conformación.
- Control previo de constitucionalidad
- “Artículo 40. Del Cese de sus Funciones
- 1)
- compatibilidad
- Consideración previa.
- 2º
- 3° Disponer
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional
- MAGISTRADO MAGISTRADO