Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2020
Fecha: 25-Nov-2020
III.3. Control previo de constitucionalidad de preceptos reformulados en el proyecto de Carta Orgánica Municipal de La Santísima Trinidad
Tomando en cuenta el fundamento precedente, el control previo de constitucionalidad para el caso presente, se halla enfocado exclusivamente a contrastar la constitucionalidad de aquellos preceptos del proyecto de COM de La Santísima Trinidad, que fueron reformulado en razón de haberse identificado discordancia con la Constitución Política del Estado; aspectos que se hallan reflejados en los fundamentos de la DCP 0006/2017 de 27 de enero; en consecuencia, no procederá el análisis de otras modificaciones que el estatuyente de modo unilateral hubiese realizado, pues ello implicaría volver a examinar preceptos sobre los cuales este Tribunal ya se pronunció.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional
- a)
- “
- III.3. Control previo de constitucionalidad de preceptos reformulados en el proyecto de Carta Orgánica Municipal de La Santísima Trinidad
- Artículo 20. De su Conformación.
- Control previo de constitucionalidad
- “Artículo 40. Del Cese de sus Funciones
- 1)
- compatibilidad
- Consideración previa.
- 2º
- 3° Disponer
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional
- MAGISTRADO MAGISTRADO