SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2020-S2

Fecha: 19-Nov-2020

g)

g)   Con relación al art. 235.2 del CPP, la autoridad judicial inferior claramente señaló que esos elementos deben ser confrontados con los elementos cursantes en el cuaderno de investigación, al respecto se debe considerar la etapa procesal en la que se encuentran, estándose realizando todos los actos investigativos para establecer la certeza o no de la probabilidad de autoría de los recurrentes, debiendo considerarse que no existe un agravio; toda vez que, aún no se emitió la resolución de acusación.