SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2020-S2

Fecha: 19-Nov-2020

h.

h.    Sobre la mantención del riesgo procesal de peligro de obstaculización, cabe puntualizar que con la Ley 1173 sobre el riesgo procesal contenido en el art. 235.2 se estableció que el peligro de obstaculización no se podrá fundar en meras subjetividades abstractas, sino que deberá surgir de la información precisa y circunstanciada del fiscal o querellante que aporten en la audiencia y que den razón de que el imputado obstaculizará la averiguación de la verdad; en este actuado procesal no se hizo referencia con qué elementos se hubieran desvirtuado la fundamentación realizada por el Ministerio Público en la audiencia cautelar, se limitaron a derivar a su autoridad a que deba remitirse a la imputación formal, incumpliendo nuevamente con la carga argumentativa que les corresponde.