SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0719/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0719/2020-S2

Fecha: 24-Nov-2020

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante a través de su representante, denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, a la justicia pronta y oportuna, al debido proceso en sus elementos de motivación, fundamentación, congruencia de las resoluciones y valoración de la prueba, y del principio de celeridad; toda vez que, dentro el proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de violación, el Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca -ahora demandado-, emitió el Auto de Vista 90/20 de 8 de junio de 2020, con una evidente carencia de fundamentación y motivación, con base en presunciones abstractas y con falta de valoración integral de los elementos probatorios, para luego concluir declarando improcedente la apelación incidental presentada contra el Auto Interlocutorio de 3 de junio de 2020, dictado por el Tribunal de Sentencia Penal Segundo de Sucre del indicado departamento, a través del cual se determinó mantenerle privado de su libertad, por estar vigente solo la probabilidad de autoría, pese que la normativa procesal penal y la jurisprudencia constitucional, desarrolló que para la cesación de la detención preventiva, era suficiente que se desvirtúen los supuestos establecidos en el art. 233.2 del CPP y no así el contenido en el art. 233.1 del mismo Código.