Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2020-S3
Fecha: 12-Nov-2020
a)
Solicita se conceda la tutela, y en consecuencia: a) Se deje sin efecto las citaciones, así como el mandamiento de aprehensión expedido contra su persona, ordenándose que se lo notifique y emplace de manera personal en su domicilio real y de acuerdo a procedimiento para ese tipo de casos -es decir para personas que no se encuentran en el país-; y, b) Se ordene al Fiscal de Materia hoy accionado fundamente y motive debidamente la solicitud de allanamiento, registro, requisa y secuestro de los inmuebles ubicados en las av. Belisario Salinas 490 y 20 de Octubre 2627, ambos de la Zona Sopocachi de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, al haberse puesto en conocimiento su paradero real.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. El juez de instrucción penal encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación
- ante denuncia de irregularidades, actos ilegales u omisiones presuntamente cometidas por los fiscales o policías en la etapa preparatoria del proceso, que impliquen lesión a los derechos fundamentales de todo denunciado o sindicado, la misma debe presentarse ante el juez cautelar como el encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación
- las competencias del Juez de Instrucción en lo Penal, está el ejercer el control jurisdiccional de la investigación, lo que significa, que es la autoridad encargada de resguardar que la etapa de investigación se realice conforme a procedimiento y en estricta observancia de respeto a los derechos fundamentales y garantías constitucionales de las partes del proceso -imputado, querellante y víctima-
- ʽ2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos:
- En cuanto a la problemática identificada en el inc. 1)
- primer presupuesto
- segundo presupuesto
- CONFIRMAR