SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0764/2020-S3
Fecha: 20-Nov-2020
1)
El accionante a través de su representante sin mandato en audiencia ratificó de manera íntegra el contenido del memorial de acción de libertad, y ampliándolo, manifestó que: 1) Se encuentra involucrado en un proceso ilegal por actitudes xenofóbicas de la autoridad judicial hoy accionada y probablemente también del Fiscal de Materia, quien recibió “una mala información de un homónimo” (sic), que lo perjudicó, siendo estigmatizado por su nacionalidad peruana; razón por la cual acudió a la instancia constitucional, ya que el Juez ahora accionado se negó a ejercer su competencia de manera tácita al deferir su solicitud de cesación de la detención preventiva; 2) Los hechos acontecidos dentro de la investigación no pueden ser nuevamente negados en su valoración por un prejuicio de la autoridad judicial hoy accionada, por el solo hecho de defender a su esposa por la agresión sufrida con un arma, con relación a un derecho propietario que estuvo “en alquiler y anticrético”, a pesar de existir un documento de garantías firmado por ambas partes; y, 3) El Juez ahora accionado perdió competencia al momento de emitir una providencia dejándolo en indefensión; por ello, interpuso esta acción de defensa para que se considere la posibilidad de enmendar la protección del derecho la vida, pidiendo se otorgue su libertad de acuerdo al art. 240.6 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- Fragmento 6
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Toda persona que considere que su vida está en peligro
- Ahora bien, el segundo pilar que estructura el contenido esencial de esta garantía, se encuentra configurado por sus presupuestos de activación, que al amparo del art. 125 de la CPE, se resumen en cuatro: a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto u omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución
- III.2. El carácter excepcional de la acción de libertad
- Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que; por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma,
- Fragmento 16
- En cuanto a la problemática identificada en el inc. a)
- Respecto a la problemática identificada en el inc. b)
- CONFIRMAR