Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0774/2020-S3
Fecha: 20-Nov-2020
Fragmento 3
Solicita se conceda tutela, y en consecuencia, se disponga que en el día se ordene al Juez hoy accionado remitir el legajo de su recurso de apelación incidental a la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. En caso de no contarse con fotocopias legalizadas, se efectúe la remisión de antecedentes vía “PDF” o fotografías mediante el uso de las Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación (NTIC) como el WhatsApp.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La celeridad en la remisión del recurso de apelación incidental al Tribunal de alzada y la acción traslativa o de pronto despacho
- III.2. El recurso de apelación incidental previsto por el art. 251 del CPP
- III.3. Análisis del caso concreto
- el accionante
- Fragmento 16
- REVOCAR en parte