SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0774/2020-S3
Fecha: 20-Nov-2020
II.2.
II.2. Mediante memorial presentado el 13 de abril de 2020, el accionante solicitó a William Presvítero Rodríguez Alvarez, Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Quinto de la Capital del departamento de La Paz -ahora accionado- remitir ante la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz el legajo del recurso de apelación incidental que planteó contra la Resolución 048/2020 (fs. 20). Dicho escrito mereció el decreto de 14 de ese mes y año, por el cual el referido Juez señaló que adecúe su solicitud a procedimiento, puesto que no tenía conocimiento de la presentación del indicado recurso; y sin perjuicio de ello, pidió a la Coordinadora de la Oficina Gestora de Procesos Seis de La Paz que informe sobre la presentación o no de dicho recurso (fs. 22).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La celeridad en la remisión del recurso de apelación incidental al Tribunal de alzada y la acción traslativa o de pronto despacho
- III.2. El recurso de apelación incidental previsto por el art. 251 del CPP
- III.3. Análisis del caso concreto
- el accionante
- Fragmento 16
- REVOCAR en parte