Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0774/2020-S3
Fecha: 20-Nov-2020
II.4.
II.4. A través del decreto de 21 de abril de 2020, el Juez ahora accionado ordenó que el Informe de 20 de ese mes y año, emitido por la Coordinadora de la Oficina Gestora de Procesos Seis de La Paz, sea puesto a conocimiento de las partes. Igualmente, indicó que de dicho Informe se corrobora el desconocimiento del recurso de apelación incidental interpuesto por el accionante contra la Resolución 048/2020 (fs. 23).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La celeridad en la remisión del recurso de apelación incidental al Tribunal de alzada y la acción traslativa o de pronto despacho
- III.2. El recurso de apelación incidental previsto por el art. 251 del CPP
- III.3. Análisis del caso concreto
- el accionante
- Fragmento 16
- REVOCAR en parte