SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0823/2020-S3
Fecha: 16-Nov-2020
a)
Solicita se conceda la tutela impetrada y se ordene que: a) La “AUTORIDAD RECURRIDA” dé cumplimiento a la Resolución TH-FI 001/2019, emitida por el Tribunal de Honor de COTEL La Paz R.L., que rechazó la denuncia, dejó sin efecto cualquier proceso en su contra y dispuso que cualquier medida de suspensión quedaba sin efecto, debiendo ser restituidos todos sus derechos inmediatamente; y, b) El Consejo de Administración de COTEL La Paz R.L. cumpla con la Resolución de restitución inmediata a sus funciones, así como se cancelen sus dietas desde el mes de junio de 2019 a la fecha en su totalidad y conforme a Ley, al haber sido suspendidas a merced de una denuncia falsa que le causó un daño moral y económico.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2.
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- MAGISTRADO