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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2020-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2020-S4

    Fecha: 01-Dic-2020

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre la naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • ,
    • III.2.  Ámbitos de protección de la acción de libertad y de la acción de amparo constitucional
    • III.3.  La reconducción o reconversión de acciones en la jurisprudencia constitucional
    • Fragmento 16
    • sea del sector público o privado
    • a) El art. 21 de la LGT, prevé que en los contratos a plazo fijo se produce reconducción cuando el trabajador continúa sirviendo vencido el término del convenio
    • tratándose de contratos a plazo fijo, también podemos hablar de estabilidad laboral, si al vencimiento del término correspondiente persisten las actividades para las que el trabajador fue contratado
    • 1)
    • 2)
    • 3)
    • o cuando vencido el término del contrato la trabajadora o trabajador sigue prestando sus servicios
    • c)
    • III.5.  Análisis del caso concreto
    • alegando la lesión de sus derechos
    • Por la protección especial de la que gozan la mujer embarazada y el progenitor-trabajador, hasta que el hijo o hija cumpla un año de edad, el principio de subsidiaridad de la acción de amparo constitucional no es aplicable en razón a los derechos que tutela de la mujer embarazada, lactante o hasta el año de nacimiento del nuevo ser
    • corresponde reconducir la acción e ingresar al análisis de fondo del problema jurídico planteado
    • III.5.2. Análisis del problema jurídico planteado por la accionante
    • CONFIRMAR

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