SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2020-S4
Fecha: 01-Dic-2020
sea del sector público o privado
Con relación a la garantía de inamovilidad laboral de la mujer embarazada o del progenitor, hasta que la hija o hijo cumpla un año, en relaciones laborales emergentes de contratos a plazo fijo, la SC 0587/2005-R de 31 de mayo, tomando en cuenta que el sentido de la Ley 975 de 2 de marzo de 1988, se traduce en la protección estatal de la maternidad, estableció que aun ante la existencia de un contrato de trabajo a plazo fijo, si la trabajadora comunicaba su estado gestacional a la entidad, antes de la finalización del vínculo contractual y a pesar de ello era desvinculada a la conclusión del término pactado, merecía tutela constitucional, considerando su despido un acto ilegal que desconocía los derechos al trabajo y a la seguridad social; entendimiento que fue modulado por la SC 0109/2006-R que señaló: “…se hace necesaria un modulación en cuanto corresponde a los casos de contratos a plazo fijo, en los que tanto el empleador como la trabajadora -sea del sector público o privado-, conocen desde el primer momento de la relación, la fecha cierta y concreta de conclusión de la relación laboral, por lo que más allá de ésta no sería dable el nacimiento o vigencia de derechos u obligaciones emergentes de una relación laboral que ya no existe, no siendo posible obligar a un empleado a continuar con el contrato del personal que ya cumplió el plazo establecido y acordado de antemano…” (las negrillas son nuestras).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de libertad
- ,
- III.2. Ámbitos de protección de la acción de libertad y de la acción de amparo constitucional
- III.3. La reconducción o reconversión de acciones en la jurisprudencia constitucional
- Fragmento 16
- sea del sector público o privado
- a) El art. 21 de la LGT, prevé que en los contratos a plazo fijo se produce reconducción cuando el trabajador continúa sirviendo vencido el término del convenio
- tratándose de contratos a plazo fijo, también podemos hablar de estabilidad laboral, si al vencimiento del término correspondiente persisten las actividades para las que el trabajador fue contratado
- 1)
- 2)
- 3)
- o cuando vencido el término del contrato la trabajadora o trabajador sigue prestando sus servicios
- c)
- III.5. Análisis del caso concreto
- alegando la lesión de sus derechos
- Por la protección especial de la que gozan la mujer embarazada y el progenitor-trabajador, hasta que el hijo o hija cumpla un año de edad, el principio de subsidiaridad de la acción de amparo constitucional no es aplicable en razón a los derechos que tutela de la mujer embarazada, lactante o hasta el año de nacimiento del nuevo ser
- corresponde reconducir la acción e ingresar al análisis de fondo del problema jurídico planteado
- III.5.2. Análisis del problema jurídico planteado por la accionante
- CONFIRMAR