SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2020-S4

Fecha: 01-Dic-2020

sea del sector público o privado

Con relación a la garantía de inamovilidad laboral de la mujer embarazada o del progenitor, hasta que la hija o hijo cumpla un año, en relaciones laborales emergentes de contratos a plazo fijo, la SC 0587/2005-R de 31 de mayo, tomando en cuenta que el sentido de la Ley 975 de 2 de marzo de 1988, se traduce en la protección estatal de la maternidad, estableció que aun ante la existencia de un contrato de trabajo a plazo fijo, si la trabajadora comunicaba su estado gestacional a la entidad, antes de la finalización del vínculo contractual y a pesar de ello era desvinculada a la conclusión del término pactado, merecía tutela constitucional, considerando su despido un acto ilegal que desconocía los derechos al trabajo y a la seguridad social; entendimiento que fue modulado por la SC 0109/2006-R que señaló: “…se hace necesaria un modulación en cuanto corresponde a los casos de contratos a plazo fijo, en los que tanto el empleador como la trabajadora -sea del sector público o privado-, conocen desde el primer momento de la relación, la fecha cierta y concreta de conclusión de la relación laboral, por lo que más allá de ésta no sería dable el nacimiento o vigencia de derechos u obligaciones emergentes de una relación laboral que ya no existe, no siendo posible obligar a un empleado a continuar con el contrato del personal que ya cumplió el plazo establecido y acordado de antemano…” (las negrillas son nuestras).