Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0789/2020-S4
Fecha: 01-Dic-2020
2.
2. “…se ha indicado de que, no se hubiese pronunciado sobre la figura jurídica de que ‘torne conveniente por otra medida’, respecto al art. 239 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal, toda vez que, se indica de que en este caso, ya habría cumplido la pena mínima y estaría detenido dos años, once meses y veintisiete días y por ese motivo, ha hecho referencia a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el que se refiere al plazo razonable y por lo mismo, la detención de la hoy acusada, sería ilegal, arbitraria y que no se hubiese realizado una valoración correcta de esos elementos de juicio, de todos esos antecedentes…” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- improcedente
- II.1.
- 1)
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar. Jurisprudencia reiterada
- III.2.
- II. Las apelaciones de las medidas cautelares de carácter personal
- toda vez que el imputado tiene el derecho de conocer inequívocamente los motivos que llevaron al tribunal de apelación a mantener, revocar o modificar una medida cautelar, lo que no implica de ninguna manera, que la valoración de los elementos concurrentes, represente un apartamiento de los aspectos impugnados
- obligatoriedad que debe ser cumplida de igual forma por el tribunal de alzada
- III.3. Cuestiones de legalidad ordinaria y valoración de prueba en acciones de libertad
- bajo el principio del informalismo, por un lado, no podrán exigirse presupuestos formales a ser cumplidos por el accionante para activar el ámbito de protección de la acción de libertad; y de otro lado, tampoco podrá requerirse la observancia al accionante de libertad, de entendimientos jurisprudenciales referidos a las exigencias de carga argumentativa a ser cumplidas en la demanda u otros requisitos que impliquen una carga procesal para activar este mecanismo procesal al no encontrarse la acción de libertad sujeta a requisitos de admisibilidad
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2.
- en la forma que ha planteado la parte apelante en esta audiencia judicial; así se ha percibido de la alegación formulada por la parte acusada en este caso
- III.5.
- CONFIRMAR