SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0797/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0797/2020-S2

Fecha: 15-Dic-2020

Fragmento 54

            En virtud a lo desarrollado en la SCP 0554/2019-S4, se concluyó que los contratos administrativos no fueron en ningún momento material arbitral en la Ley 1770, actualmente abrogada; siendo que se reitera, al versar dichos contratos respecto a cuestiones de interés público y participar el Estado siempre como persona de derecho público, se excluía su posibilidad de resolver cualquier controversia inherente a los mismos mediante la vía arbitral. Aspectos que fueron determinados de forma expresa, en la Ley 708, vigente, cuyo art. 4.4, dispone que: “(MATERIAS EXCLUIDAS DE LA CONCILIACIÓN Y DEL ARBITRAJE). No podrá someterse a la Conciliación ni al Arbitraje, lo siguiente: (…) Los contratos administrativos, salvo lo dispuesto en la presente Ley”.