Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2020-S2
Fecha: 15-Dic-2020
II.4.
II.4. Dentro del proceso contencioso administrativo seguido por la Cooperativa mencionada contra la AJAM, la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dictó la Sentencia 04/2019 de 24 de junio, declarando improbada la demanda, manteniendo firme y subsistente la Resolución de Recurso Jerárquico AJAM/DJU/AL/RRJ 6/2016; notificada a la indicada empresa minera el 17 de julio de igual año (fs. 4 a 7).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos y, en caso de haber utilizado los mismos deberán ser agotados dentro de ese proceso o vía legal, sea judicial o administrativa
- reglas y subreglas de improcedencia del amparo constitucional por subsidiariedad
- III.3.
- CONFIRMAR