SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0844/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0844/2020-S3

Fecha: 04-Dic-2020

denegó

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Resolución 15/2020 de 11 de enero, cursante de fs. 306 a 308 vta., denegó la tutela solicitada bajo el siguiente fundamento: La notificación -con la Resolución del Tribunal del Personal de la Armada Boliviana 057/18- es del 12 de septiembre de 2018, por lo que hasta la fecha de interposición de esta acción tutelar transcurrieron más de seis meses, asimismo, la presentación de otra acción de amparo constitucional para recabar fotocopias y así interponer esta acción de defensa, no resulta ser un argumento válido, por lo que la aplicación de la flexibilización de su presentación solo es considerada para grupos vulnerables.

En mérito a esa solicitud, la Sala Constitucional señaló que la acción de amparo constitucional no recae sobre todos los actos procesales; sino, sobre el último acto ilegal; y en la presente acción tutelar el accionante indicó como el acto lesivo la Resolución del Tribunal del Personal de la Armada Boliviana 057/18 “…sobre la complementación y enmienda si esta fuera su pretensión principal, sobre ella está recayendo el petitorio” (sic).