AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2020-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2020-O

Fecha: 18-Feb-2020

la cuarta

Dichos aspectos añadidos al hecho de ser la presente denuncia por incumplimiento, la cuarta (Conclusiones II.1 a II.3); toda vez que, desde la notificación de la precitada decisión constitucional a las partes, el 16 diciembre de 2016, hasta la fecha, se han emitido sucesiva y reiteradamente Autos Constitucionales para anular los Autos de Vista que de forma tendenciosa han incumplido la SCP 0099/2016-S2, una y otra vez; aspecto que evidencia una grosera e injustificada dilación en el cumplimiento del fallo constitucional; que no obstante, a pretender en sus efectos proteger derechos constitucionales que se tuvieron por conculcados, no materializó sus consecuencias a lo largo de más de dos años, por las razones hasta aquí desglosados. Consecuentemente, el Tribunal de garantías, si bien concluyó -reiteradas veces- que no se dio cumplimiento a la SCP 0099/2016-S2; empero, no adoptó ninguna de las medidas necesarias para el cumplimiento de sus resoluciones (art. 17 del CPCo), limitándose de forma insistente a anular los Autos de Vista, a pesar de la obstinada transgresión de la determinación constitucional por parte de los Vocales; actuación con la cual permitieron la señalada dilación injustificada; por consecuencia no garantizaron y demoraron más de dos años el cumplimiento del fallo constitucional.