SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2020-S3
Fecha: 02-Mar-2020
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Asimismo refiere que, nadie le explicó ni informó sobre el delito que supuestamente cometió y la razón por la que se encuentra privado de su libertad, puesto que de la revisión del cuaderno de investigaciones se tiene que la representación fiscal no se constituyó para leer sus derechos constitucionales, extremo que se evidencia del acta de declaración -informativa- en la cual no cursa firma alguna de la Fiscal de Materia; por lo que, no se cumplió a cabalidad con el art. 92 del CPP, de cuyo precepto legal se extrae que los funcionarios policiales sin la presencia y dirección de la mencionada autoridad no pueden recibir la declaración del imputado al ser una actuación privativa de dicha representación, circunstancia que se constituye en -una causal- de nulidad de obrados incluso de la imputación formal, ante la cual su abogada denunció este hecho a la autoridad judicial -hoy demandada-, quien obviando esta irregularidad vició aún más el proceso penal, ingresando a valorar la mencionada imputación formal -que fue firmada por la Fiscal de Materia -co demandada-, pese a evidenciar que su supuesta declaración -informativa- no lleva la firma de la representación fiscal; por lo que, el proceso penal -del cual emerge esta acción de libertad- está viciado de actividad procesal defectuosa absoluta, prevista en el art. 169.1 del CPP.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. Respecto a la Fiscal de Materia
- III.2.2. Con relación al Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de El Alto del departamento de La Paz
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCAR en todo