Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2020-S2
Fecha: 05-Mar-2020
1°
1° Resolver dentro las siguientes veinticuatro horas de la notificación con el presente fallo constitucional, respecto a la solicitud de constitución de garantías de fianza real a efectos de que el accionante pueda acceder a la cesación de la detención preventiva y obtener su mandamiento de libertad; a menos que por el transcurso del tiempo su situación jurídica haya sido modificada; y,
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de los demandados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- este Tribunal Constitucional, agregó a la tipología del hábeas corpus desarrollada por la jurisprudencia, al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, el cual se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- celeridad
- III.2. Respecto de la fianza real en nuestro sistema procesal penal
- III.2.1. La fianza real y su naturaleza jurídica
- se exigirá el título de propiedad, avalúo catastral y certificado de registro correspondiente
- el cumplimiento de las medidas sustitutivas que se hubieren aplicado
- III.3. Análisis del caso concreto
- certificación de la Notaria que emitió el poder
- REVOCAR en parte
- 1°