SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2020-S4
Fecha: 05-Mar-2020
a)
Los impetrantes de tutela a través de su representante sin mandato ratificaron el tenor íntegro su memorial de acción de libertad y ampliándolo, señalaron que: a) El 5 de agosto de 2019, se apersonaron a plataforma del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, para adquirir el ticket correspondiente para la tramitación de los certificados emitidos por REJAP, mismos que son necesarios para tramitar cualquier actuación jurisdiccional, sea cesación de la detención preventiva o alguna salida alternativa; sin embargo, en ventanilla le informaron que no podían recibirlos las solicitudes, ya que el requerimiento fiscal debía ser específico, conforme a la norma aplicable para dichas peticiones; y, b) Si bien en ese momento desconocía el manual que regía su extensión, había adjuntado copias de la Cédula de Identidad, memoriales dirigidos al Ministerio Público firmados por sus personas; empero, no le quisieron extender dicho certificado, por un formalismo que vulneró sus derechos fundamentales y garantías constitucionales, entre ellos el derecho de petición y al debido proceso; razón por la cual solicitó que se llame la atención al servidor público y se ordene que en el día den curso a sus requerimientos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del debido proceso y su vinculación con el derecho a la libertad; reconducción de la línea jurisprudencial. Jurisprudencia reiterada
- tratándose de la procedencia de la acción de libertad en relación al debido proceso, debe entenderse que la inobservancia a éste -debido proceso-, ha sido la causal principal para la afectación del bien jurídico libertad; pues, de lo contrario, si los actos emergentes del procesamiento no ponen en riesgo la libertad y no ocasionan su restricción, no podrán ser evaluados y considerados a través de la acción de libertad,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR