SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2020-S1

Fecha: 13-Mar-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 11 de julio de 2019, presentó memorial ante el Juzgado de Instrucción “Onceavo” Penal de la Capital del departamento de Santa Cruz, solicitando salida médica debido a que tiene problemas de salud; empero, la autoridad a cargo del referido Juzgado, el 15 del mismo mes y año, formuló su excusa, y en lugar de remitir el caso dentro de las veinticuatro horas al Juzgado siguiente en número, lo hizo dos días después, lo que generó una dilación en dicha solicitud, y agravó su estado de salud.

Posteriormente, el 17 de julio de 2019 a horas 9:17, la Jueza de Instrucción Penal “Doceava” de la Capital del departamento de Santa Cruz, recibió el cuaderno de control jurisdiccional, sin que hasta la fecha de presentación de su acción de libertad se hubiese radicado la causa, razón por la que desconocía si su salida médica fue autorizada, ya que su cita médica se programó para el 19 del mes y año referidos precedentemente; debiendo al efecto, llegar el oficio al Centro Penitenciario     “…hoy como máximo…(sic)”.