SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2020-S3

Fecha: 12-Mar-2020

c) No tomó en cuenta que el informe psicológico elaborado por la DNA de Guayaramerín no fue ordenado ni solicitado

c) No tomó en cuenta que el informe psicológico elaborado por la DNA de Guayaramerín no fue ordenado ni solicitado, siendo realizado a su hijo mayor de edad José Miguel Roca Tiburcio, quien expresó sus propias aspiraciones y deseos, los que de ninguna manera pueden utilizarse para revertir la decisión de su hija menor de edad AA de permanecer con su persona. Al contrario de lo indicado, el Juez ahora coaccionado en el Acta de 7 de febrero de 2018, estableció otros puntos que no fueron cumplidos por el mencionado informe; por lo que la afirmación de que los informes psicológicos realizados en Guayaramerín y Cochabamba son contradictorios es falsa, ya que el mencionado Juez no explicó las razones por las cuales determinó que el hoy tercero interesado se quede con la guarda de sus hijas menores de edad AA y BB, no teniéndose certeza que garantizará su mejor cuidado, interés moral y material. Por último, el citado informe no reúne los requisitos de validez y credibilidad por no tener fecha de elaboración y consignar como núcleo familiar a sus hijas menores de edad AA y BB como si vivieran con Gary Roca Pedriel, quien no es parte del proceso.