SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2020-S2

Fecha: 17-Mar-2020

I.2.3. Intervención de los terceros interesados

Boris Gallardo Paredes y Mariana Gonzales Padilla, funcionarios del Consejo de la Magistratura, en audiencia manifestaron que el Auto Interlocutorio 43/2019 carece de la debida fundamentación y motivación, ya que se basó en una simple relación de hechos sin considerar que el Encargado Distrital Oruro de la citada institución del departamento de Oruro no conocía de la causa seguida contra el Juez recusado con anterioridad, dado que se encontraba declarado en comisión, siendo además que cada funcionario de esa dependencia tiene sus propias atribuciones y responsabilidades, por lo que no correspondía que el plazo para la interposición de dicho medio procesal le sea computado desde el efectivo conocimiento de la causal sobreviniente.