SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2020-S2

Fecha: 17-Mar-2020

punto (b)

Con referencia al punto (b), que señala: -La Resolución confutada, no tomó en cuenta la aplicación de la norma procesal civil en sus arts. 126 y 127, que la parte demandada puede allanarse a la pretensión de la parte demandante, y si dicho allanamiento es total, debe pronunciarse sentencia sin necesidad de otra prueba en el trámite, normas que fueron omitidas, y por el contrario citaron normas abrogadas como el art. 375.1 del CPCabrg-; si bien este punto guarda relación directa con el anteriormente analizado, en lo que se refiere al allanamiento a la demanda por parte de los directivos de la OTB Sindicato Agrario Comuna (elegidos al momento del proceso de saneamiento el año 2010 y ulteriormente el 2018), se sustenta en las certificaciones antes anotadas, las cuales fueron desvirtuadas por los motivos expresados por las autoridades demandadas, no es menos cierto que a tiempo de admitir la demanda de nulidad de título ejecutorial, por Auto de 26 de abril de 2018 (fs. 74 y vta.), las autoridades demandadas hicieron alusión expresa a la aplicación del Código de Procedimiento Civil, con base en la permisibilidad prevista en la Disposición Final Tercera del CPC, aspecto que no fue objetado oportunamente por los actores en el referido proceso, ello en razón a que al tratarse la nulidad de título ejecutorial de un proceso judicial de puro derecho, correspondía a las autoridades demandadas efectuar dicha precisión, debido a que la normativa procesal civil vigente no contempla entre sus previsiones al proceso de puro derecho.