SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2020-S2

Fecha: 17-Mar-2020

a)

Juan Villarroel Sejas, Fiscal de Materia, en audiencia señaló que: a) El proceso de referencia no fue de su conocimiento; sin embargo, cuando el caso estuvo a cargo de la Corporación de Fiscales de la que forma parte, creyendo en la buena fe del ahora accionante, dispuso el retiro del precinto del inmueble; empero, fue grande su sorpresa, cuando en dicho actuado procesal se presentaron los terceros interesados, la víctima y Jesús Murillo Cossío con su abogado, donde hicieron conocer que el mismo fue otorgado en anticresis a la extinta por $us25 000.-(veinticinco mil dólares estadounidenses), lo que se estaba resolviendo en la instancia correspondiente; y, b) Lo que instó a las partes que resuelvan la situación y en su caso el hoy impetrante de tutela devuelva el canon, en tanto se convocó a un Notario de Fe Pública, para que efectúe el inventario; sin embargo, al existir documentos, muebles y gran cantidad de medicamentos, dicho funcionario solicitó la designación de un perito farmacéutico a efectos de clasificar los productos vencidos y su costo; por lo cual, no se ha procedido a la entrega del inmueble, hasta que se resuelva lo del anticresis; toda vez que, la posesión del mismo la tenía la fallecida y ahora los herederos, aclarando que no está en tela de juicio el derecho propietario, sino que si bien es de propiedad del accionante; empero, existiría sobre él un contrato anticrético por la suma mencionada, lo que impide al Ministerio Público ordenar su entrega, pues de ser así los anticresistas les reclamarían el monto de la garantía.