SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2020-S2

Fecha: 17-Mar-2020

d)

d)  Cursa informe del Jefe del Departamento de Medicina del Trabajo y Seguridad Industrial de la CPS, a través del cual señaló que el 25 de junio de 2011, un día antes que Oscar Telmo Tórrez Parada cumpliera la baja otorgada por el traumatólogo, la referida empresa ante la falta de personal en el equipo pozo solicitó al aludido se aliste para viajar de forma inmediata, quedando pendiente la elaboración de su examen de egreso; en ese sentido correspondía aplicar el art. 209 del CSS que indica: “…‘El contrato de trabajo de los asegurados no se interrumpe ni cesa por el hecho de que el asegurado esté en goce de algún subsidio de incapacidad temporal, cualquiera sea la causa que hubiera provocado dicha incapacidad’ (sic), normativa concordante con los arts. 106, 107 y 160 del citado Código, las cuales fueron incumplidas de manera deliberada por parte del empleador dejándolo en estado de indefensión sin sustento económico ni fuente de trabajo, como la posibilidad de acceder a los servicios de salud para completar su tratamiento médico; y,