SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2020-S2

Fecha: 17-Mar-2020

e)

e)  Ese Tribunal consideró que la reincorporación resultaría materialmente de imposible cumplimiento por el fallecimiento del trabajador -Oscar Telmo Tórrez Parada-; sin embargo, el deceso del titular no podría anular el derecho de los sueldos devengados y otros de los que fue privado el prenombrado, correspondiendo la cancelación de los mismos desde el momento de su injusta cesantía hasta su óbito.

Al respecto, corresponde precisar que conforme a la jurisprudencia desarrollada en el Fundamento Jurídico III.1 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, el derecho al debido proceso en sus componentes de fundamentación y motivación de las resoluciones debe ser entendido como la obligación de exponer las razones de la decisión, citando los motivos en los que se sustenta la misma y el valor otorgado a los medios de prueba, debiendo exponérselos de forma concisa y clara, además de considerarse que dicha exposición no debe consistir en una mera relación de los documentos ni limitarse a realizar una mención de los requerimientos de las partes, sino contener una estructura de forma y fondo que permita comprender los motivos de la determinación que se toma.