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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2020-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2020-S3

    Fecha: 16-Mar-2020

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • Fragmento 3
    • a)
    • 1)
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • i)
    • concedió en parte
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • a) No se puede peticionar a través de otro amparo el cumplimiento de una resolución de amparo u otra acción de defensa (incluye a la decisión de los jueces o tribunales de garantías y la del Tribunal Constitucional Plurinacional).
    • no pudiendo activarse la acción de amparo constitucional, con el único fin de buscar el cumplimiento de las resoluciones pronunciadas en un anterior amparo constitucional
    • b)
    • excepcional
    • Cabe señalar, que dicho razonamiento, constituye una modulación complementaria y precisa, al entendimiento jurisprudencial relacionado con el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares,
    • Fragmento 23
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • entre el derecho de petición y la pretensión que puede contener una demanda o un recurso de impugnación dentro un proceso administrativo
    • REVOCAR en parte

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