SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2020-S2

Fecha: 17-Mar-2020

i)

Asimismo, en audiencia acotó que: i) El impetrante de tutela señaló que no busca que se analice la constitucionalidad de la ley; empero, en reiteradas ocasiones efectuó la comparación con el texto constitucional, ingresando al ámbito de una acción de inconstitucionalidad; ii) La posibilidad de que el Ministerio Público pueda contar con instancias que acompañen el proceso de investigación, no es para crear una instancia paralela o un mecanismo de persecución, sino más bien tiene por finalidad recabar documentación para ponerla en conocimiento de la referida entidad; iii) Se sustentó la acción tutelar en simples presunciones, comentarios y argumentos políticos realizados por autoridades del Estado; iv) Este medio de defensa constitucional no puede ser comprendido como un medio legal para restringir “…las potestades legales que tiene una autoridad constitucionalmente, ejerciendo el cargo…” (sic); y, v) El petitorio que realizó el accionante es completamente incongruente; razones por las que pidió se deniegue la tutela.